domingo, febrero 14, 2010

Decreto 223/2010

(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas)


Apruebase la reglamentacion de la Ley Nº 25.501 sobre Prioridad Sanitaria del Control y Prevencion de las Enfermedades Cardiovasculares.

Bs. As., 8/2/2010

VISTO el expediente 1-2002-7907/09-7 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Nº 25.501, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 25.501 se establecio la Prioridad Sanitaria del Control y Prevencion de las Enfermedades Cardiovasculares en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que las enfermedades no transmisibles explican mas del 60% de las muertes, y dentro de ellas las enfermedades cardiovasculares explican una gran proporcion de la mortalidad.

Que estas enfermedades ademas de su elevada morbilidad, son asociadas a elevados costos directos para el sistema de salud e indirectos para la sociedad.

Que con el objetivo de reducir la morbimortalidad a nivel poblacional, es necesario actuar sobre el control y la prevencion de las enfermedades cardiovasculares a traves de estrategias abarcativas de promocion de la salud y prevencion: legislacion, comunicacion, educacion, ademas del cuidado de la salud.

Que la presente reglamentacion tiene como objetivo impulsar el desarrollo, fortalecimiento e implementacion de politicas y planes de accion de control y prevencion de las enfermedades cardiovasculares, a partir de la creacion de un Programa Nacional que coordine y administre las acciones existentes, planificando y desarrollando aquellas que se considere necesarias a los efectos de reducir la morbimortalidad de causa coronaria y cerebrovascular en la poblacion general.

Que el MINISTERIO DE SALUD ha proyectado la correspondiente reglamentacion.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervencion que le compete.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el articulo 99, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL y el articulo 9º de la Ley Nº 25.501.

Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Articulo 1º — Apruebase la reglamentacion de la Ley Nº 25.501 sobre "PRIORIDAD SANITARIA DEL CONTROL Y PREVENCION DE LAS ENFERMEDADES CARDIOVASCULARES" que como ANEXO I forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2º — El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicacion en el Boletin Oficial.

Art. 3º — Comuniquese, publiquese, dese a la Direccion Nacional del Registro Oficial y archivese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Anibal D. Fernandez. — Juan L. Manzur.

Ver Decreto completo en: http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/160000-164999/164152/norma.htm

Fuente: PuntoProfesional

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