miércoles, febrero 13, 2013

Resolucion 105/2013, apruebanse “Pautas de tratamiento de dolor cronico”


(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas)


VISTO el Expediente Nº 2002-2.323/12-7 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que las politicas de salud tienen por objeto primero y prioritario asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nacion a los Servicios de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones de caracter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitacion, sean estos de caracter publico estatal, no estatal o privados; con fuerte enfasis en el primer nivel de atencion.
Que en el marco de las politicas del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION se desarrolla el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA, en el cual se agrupan un conjunto de acciones destinadas a asegurar la calidad de las prestaciones en dichos servicios.
Que entre dichas acciones se encuentran la elaboracion de guias de diagnostico, tratamiento y procedimiento de patologias y Directrices de organizacion y funcionamiento de los Servicios de Salud.
Que las citadas guias y Directrices se elaboran con la participacion de entidades Academicas, Universitarias y Cientificas de profesionales asegurando de esa forma la participacion de todas las areas involucradas en el Sector Salud.
Que la DIRECCION DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD ha coordinado el proceso de elaboracion de las “PAUTAS DE TRATAMIENTO DEL DOLOR CRONICO”, contando con la participacion de la ASOCIACION ARGENTINA DE MEDICINA Y CUIDADOS PALIATIVOS, la ASOCIACION ARGENTINA PARA EL ESTUDIO Y TRATAMIENTO DEL DOLOR, la FUNDACION DOLOR, la SOCIEDAD DE MEDICINA INTERNA DE BUENOS AIRES, Y la SOCIEDAD ARGENTINA DE MEDICINA.
Que la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, coordinadora general del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA, y la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS han tomado la intervencion de su competencia y avalan su incorporacion al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervencion de su competencia.
Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones contenidas por la “Ley de Ministerios T.O. 1992”, modificada por Ley Nº 26.338.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Articulo 1° — Apruebanse las “PAUTAS DE TRATAMIENTO DE DOLOR CRONICO”, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Resolucion.
Art. 2° — Difundase a traves de la Coordinacion General del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA las citadas Pautas, a fin de asegurar el maximo conocimiento y aplicacion de la misma en el marco de dicho Programa Nacional referido en el presente articulo.
Art. 3° — En el caso que la autoridad jurisdiccional realizara alguna adecuacion al Anexo de las presentes Pautas para su aplicacion a nivel de la jurisdiccion debera comunicar a la COORDINACION GENERAL DEL PROGRAMA dicha adecuacion, la que recien entrara en vigencia a los SESENTA (60) dias de su registro a nivel nacional a traves del acto administrativo correspondiente.
Art. 4° — Agradecer a la ASOCIACION ARGENTINA DE MEDICINA Y CUIDADOS PALIATIVOS, la ASOCIACION ARGENTINA PARA EL ESTUDIO Y TRATAMIENTO DEL DOLOR, la FUNDACION DOLOR, la SOCIEDAD DE MEDICINA INTERNA DE BUENOS AIRES, Y la SOCIEDAD ARGENTINA DE MEDICINA, por la importante colaboracion brindada a este Ministerio.
Art. 5° — Registrese, comuniquese, publiquese, dese a la Direccion Nacional del Registro Oficial y archivese. — Juan L. Manzur.
 
Fuente: Infoleg

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